¿Está su entidad obligada a presentar el reporte CRS (Common Reporting Standard)?

La Ley 1661 de 2013 de Colombia aprobó la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en materia fiscal, la cual permite que Colombia realice el intercambio automático de información sobre cuentas financieras con 125 países

Para su aplicación, la DIAN expidió las resoluciones 78 de 2020 y 44 de 2021 mediante las cuales reglamentó el Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes relativo al Intercambio Automático de Información sobre cuentas financieras. Estas obligan a las instituciones financieras de Colombia sujetas a reportar a incluir la responsabilidad 54 (Intercambio Automático de Información CRS) en su Registro Único Tributario – RUT  y presentar los Formatos 2430 y/o 2704 anualmente con las cuentas consideradas reportables.

El concepto de institución financiera comprende instituciones de custodia, de depósito, de inversión o compañías de seguro especificada, dentro de las que se pueden encontrar aseguradoras, bancos, cajas de compensación familiar, compañías de financiamiento, cooperativas de ahorro, comisionistas de bolsa, emisores de tarjetas de crédito, fiduciarias, fondos de cesantías, fondos de empleados, fondos de inversión, fondos de pensiones, patrimonios autónomos, entre otras. 

Para el período fiscal 2024 estas instituciones financieras tiene plazo para presentar el Formato 2430 y/o 2704 hasta el 03 de junio de 2025. La institución financiera que no presente, presente de forma extemporánea o errónea los Formatos 2430 y/o 2704, puede estar sujeta a la sanción del artículo 651 del Estatuto Tributario de hasta 375 millones de pesos. Para la identificación de las cuentas reportables y la generación del Formato 2430 del periodo fiscal 2024, será obligatorio contar con la siguiente información del titular de la cuenta persona natural o entidad (persona o estructura jurídica). Cuando el titular de la cuenta sea una Entidad no Financiera Pasiva se debe obtener también esta información respecto de las personas que ejercen el control (beneficiarios finales).

  • Primer nombre. 
  • Otros nombres (en caso de que lo tenga).
  • Primer apellido. 
  • Segundo apellido (en caso de que lo tenga).
  • Razón Social. 
  • Fecha de nacimiento.
  • Lugar de nacimiento (país y ciudad).
  • Nacionalidad(es). 
  • Residencia(s) Fiscal(es).
  • Institución Financiera / Entidad No Financiera Pasiva / Entidad No Financiera Activa.
  • Dirección de notificación incluido el código postal. 
  • Número de Identificación Tributaria (NIT) que la persona natural o entidad reportable tenga en la jurisdicción de la cual es residente fiscal y a la cual se está remitiendo la información. En caso de que la persona natural o entidad sea residente fiscal en más de una jurisdicción, se debe solicitar el NIT expedido en cada una de las jurisdicciones. 

En caso de la que la Administración Tributaria solicite la corrección del Formato 2430, la institución financiera cuenta con 30 días calendario para realizar la corrección correspondiente.  

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