Cuándo actualizar la información del Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB

El artículo 11 de la Resolución 164 de 2022 establece las fechas que se deben tener en cuenta para realizar la actualización de la información en el Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB

FECHAS A TENER EN CUENTA

PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN

1 de Enero

1 de Febrero

1 de Abril

1 de Mayo

1 de Julio

1 de Agosto

1 de Octubre

1 de Noviembre

El obligado (Persona Jurídica o Estructura sin Personería Jurídica) debe realizar nuevamente el proceso de debida diligencia en cada una de las “fechas a tener en cuenta” y comparar si la información (beneficiarios finales y/o información de los mismos) que se encuentra vigente en su RUB corresponde a la misma información determinada en el proceso de debida diligencia. En caso de que no corresponda con la misma información, cuenta con un mes calendario para realizar la actualización de la información.  Respecto de cada beneficiario final se debe revisar la siguiente información: 

  1. Tipo de documento 
  2. Número de identificación y país de expedición
  3. Número de identificación tributaria – NIT o equivalente funcional y país de expedición
  4. Nombres y apellidos 
  5. Fecha y país de nacimiento
  6. País de nacionalidad
  7. Ubicación, incluyendo la siguiente información: País de residencia, departamento o estado, ciudad, dirección, código postal, correo electrónico
  8. Criterios de determinación del beneficiario final
  9. Porcentaje de participación en el capital de la persona jurídica
  10. Porcentaje de beneficio en los rendimientos, resultados o utilidades de la persona jurídica, estructura sin personería jurídica o similar

El obligado que no presente, presente de forma extemporánea o errónea los Formatos 2687 y/o 2688 y/o no cuente con la información soporte (debida diligencia), puede estar sujeto a la sanción del artículo 651 de hasta 375 millones de pesos y/o 658-3 del Estatuto Tributario.

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